
Podrán solicitar ayudas para la realización de proyectos los titulares: que se propongan desarrollar la actividad subvencionable y sean:
Los titulares de los proyectos deberán cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos y obligaciones para obtener la condición de beneficiario:
Publicitar el proyecto auxiliado de acuerdo con las características de la inversión, y tal como determine el G.A.L. Conforme al artículo 76 del Reglamento 1698/2005 y el artículo 58 del Reglamento (CE) 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006 (modelo 47).
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